CÓDIGO DE CONDUCTA DALTILE MEXICO
Mohawk Industries, Inc. y sus subsidiarias y afiliadas("Mohawk") están comprometidas con un estándar de excelencia en cada aspecto de nuestro negocio y en cada rincón del mundo, incluyendo:
- Respeto de los derechos de todas las personas.
- Suministro responsable de productos.
- Conducta ética en todas nuestras operaciones.
Mohawk espera que estos mismos compromisos sean compartidos por todos los proveedores, agentes y otras terceras partes con los que Mohawk hace negocios ("Proveedores"), asà como por los proveedores, agentes y otras terceras partes con los que lleva a cabo su negocio.
Es expectativa y requisito fundamental de Mohawk que todos los Proveedores asuman las siguientes normas. Además, como parte de este Código de Conducta, Mohawk exige a los Proveedores que cumplan con las Normas de Conducta y PolÃtica Ética de Mohawk Industries, Inc., que se incorporan al presente y pueden encontrarse en Mohawkind.com, asà como con las disposiciones de otras polÃticas de Mohawk a las que se hace referencia en el presente. Colectivamente, Mohawk se refiere a estos requisitos como el "Código de Conducta para Proveedores".
El cumplimiento de este Código de Conducta para Proveedores es una condición para hacer negocios con Mohawk y, al suministrar productos, bienes, artÃculos o servicios, asà como la emisión de facturas por los mismos, el Proveedor está certificando su cumplimiento de este Código de Conducta para Proveedores con respecto a los productos, bienes, artÃculos o servicios a los que se hace referencia en las facturas del Proveedor, asà como los materiales incluidos en dichos productos o cualquier tercera parte que colabore en la prestación de servicios. Además de sus propias operaciones, Mohawk espera que los Proveedores mantengan procedimientos comparables para sus proveedores. Si un Proveedor no cumple con las disposiciones de este Código de Conducta para Proveedores o con cualesquiera otras polÃticas, procedimientos o regulación de Mohawk a los que se hace referencia en el presente documento, Mohawk podrá dar por terminada su relación con el Proveedor. Además, los Proveedores también podrÃan enfrentarse a consecuencias legales por infringir las leyes o regulación que subyacen a este Código de Conducta para Proveedores, aparte de la terminación de la relación de Mohawk con el Proveedor.
Respeto de los Derechos de Todas las Personas
Trabajo Infantil
Los Proveedores no utilizarán mano de obra infantil. El término "niño" se refiere a una persona menor de 15 años (o de 14 cuando la legislación local lo permita) o, si es superior, a la edad mÃnima legal local para trabajar o a la edad para completar la educación obligatoria. Mohawk no acepta productos, bienes o artÃculos fabricados con mano de obra infantil o servicios que utilicen mano de obra infantil y apoya la Convención de los Derechos del Niño (1989) de las Naciones Unidas (ONU). Este código de conducta se basa en el Convenio sobre la Edad MÃnima núm. 138 (1973) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil núm. 182 (1999).
Si se detecta trabajo infantil en cualquier lugar de operaciones, Mohawk exigirá al Proveedor que ponga en marcha un plan de acción correctivo. El plan de acción correctiva tendrá en cuenta el interés superior del niño, por ejemplo, su situación familiar y social, asà como su nivel educativo. Si no se aplican las medidas correctivas en el plazo acordado, o si se repiten las infracciones, Mohawk dará por terminada toda relación comercial con el Proveedor.
Los Proveedores que empleen a jóvenes que no entren dentro de la definición de "niño" también cumplirán todas las leyes y regulaciones que correspondan a dichas personas. Además, los Proveedores apoyarán y cumplirán la PolÃtica de Derechos Humanos de Mohawk, que puede consultarse en Mohawk_Industries_Human_Rights_Policy.pdf (mohawkind.com).
Trabajo Involuntario
Los Proveedores no utilizarán ningún tipo de trabajo forzado o involuntario, incluido el trabajo en prisiones, mano de obra forzada o servidumbre. Los Proveedores conocerán y cumplirán todas las leyes y regulaciones que correspondan, incluida, entre otras, la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur ("UFLPA") de Estados Unidos y las leyes que prohÃben el trabajo forzoso en la cadena de suministro. Los Proveedores no participarán en prácticas de trata de seres humanos o esclavitud de ningún tipo. Los Proveedores también se asegurarán de que todos sus proveedores y cualquier subcontratista o tercera parte implicada en el suministro de productos, bienes, artÃculos o servicios a Mohawk también cumplan estas leyes y regulaciones. Los Proveedores se asegurarán de que pueden rastrear todos los productos, bienes y artÃculos hasta la fase de materia prima para demostrar la ausencia de contenido prohibido, y cooperarán sin demora con cualquier solicitud de información para demostrar el cumplimiento de este requisito, incluida la entrega expedita de documentos para apoyar las actividades de mapeo de la cadena de suministro. Además, los Proveedores apoyarán y cumplirán la PolÃtica de Derechos Humanos de Mohawk, que puede encontrarse en Mohawk_Industries_Human_Rights_Policy.pdf (mohawkind.com), que incluye el respeto de los principios establecidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, Declaración Universal de los Derechos Humanos y las LÃneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales.
Coacción, Acoso y Violencia en el Lugar de Trabajo
Los Proveedores tratarán a cada empleado con dignidad y respeto y no permitirán el castigo corporal, la violencia fÃsica o sexual, las amenazas de violencia ni la intimidación o amenazas verbales, incluidos los insultos, el acoso u otras formas de coerción psicológica. Los Proveedores mantendrán un lugar de trabajo libre de actos o amenazas de violencia y responderán de forma eficaz y rápida si se producen actos o amenazas de violencia.
No Discriminación
Los Proveedores cumplirán todas las leyes, normas y regulaciones que correspondan que promuevan prácticas de empleo justas o prohÃban la discriminación en el empleo y las prácticas laborales injustas. Además, los Proveedores no discriminarán en las prácticas de contratación y empleo, incluidos el salario, las prestaciones, los ascensos, la disciplina, la terminación o la jubilación, ni ningún empleado será degradado, despedido o sometido a cualquier otro tipo de discriminación en la permanencia, el puesto, las oportunidades de promoción, los salarios, las prestaciones o los términos y condiciones de su empleo, por motivos de raza, color, religión, edad, nacionalidad, origen social o étnico, orientación sexual, género, identidad de género o discapacidad, o por ejercer cualquier derecho otorgado por la legislación que corresponda.
Asociaciones
Los Proveedores respetarán el derecho de los empleados a asociarse, organizarse y negociar colectivamente de forma legal y pacÃfica, sin sanciones ni interferencias, asà como su derecho a trabajar individualmente de forma directa con los Proveedores para crear unas condiciones de trabajo más positivas y productivas.
Salud y Seguridad
Los Proveedores proporcionarán a los empleados un lugar de trabajo seguro y saludable de conformidad con todas las leyes y regulaciones que correspondan, garantizando, como mÃnimo, un acceso razonable a agua potable e instalaciones sanitarias, seguridad contra incendios y una iluminación y ventilación adecuadas, asà como pausas de descanso razonables (incluidas las pausas para ir al baño) y pausas razonables para comer. Los Proveedores también se asegurarán de que se apliquen las mismas normas de salud y seguridad en cualquier alojamiento que proporcionen a los empleados. Además, los proveedores apoyarán y cumplirán la PolÃtica de Salud y Seguridad de Mohawk, que puede consultarse en Mohawk Health & Safety Policy (mohawkind.com).
Compensación
Los Proveedores reconocerán que los salarios son esenciales para cumplir con las necesidades básicas de los empleados. Los Proveedores cumplirán, como mÃnimo, todas las leyes y regulaciones que correspondan en materia de salarios y horarios, incluidas las relativas a salarios mÃnimos, horas extras, horas máximas, precios unitarios y otros elementos de compensación, y proporcionarán las prestaciones exigidas por ley. Si las leyes locales no prevén el pago de horas extras, los Proveedores pagarán al menos el salario normal por las horas extras trabajadas. Excepto en situaciones de emergencia o inusuales, la semana laboral se limitará a 60 horas, incluidas las horas extras, y los trabajadores tendrán la oportunidad de tomarse al menos un dÃa de descanso cada siete dÃas. En ningún caso las semanas de trabajo superarán el máximo permitido por las leyes y regulaciones que correspondan. Cuando las normas de la industria local sean más estrictas que los requisitos legales correspondientes, los Proveedores cumplirán las normas más estrictas.
Suministro Responsable de Productos
Protección del Medio Ambiente
Los Proveedores cumplirán todas las leyes y regulaciones medioambientales que correspondan, asà como las iniciativas medioambientales que correspondan de Mohawk. Los Proveedores se esforzarán por utilizar los recursos de forma adecuada y eficiente y eliminarán todos los residuos de acuerdo con las leyes, normas y regulaciones correspondientes, buscando oportunidades de reciclaje, reutilización o readaptación siempre que sea posible. Sin limitación, los Proveedores cumplirán todas las leyes relativas a la recolección de madera y no suministrarán madera procedente de fuentes ilegales. Además, los Proveedores no utilizarán ni incluirán sustancias nocivas o peligrosas en los materiales suministrados a Mohawk, en la medida que sea posible. Los Proveedores no utilizarán ni incluirán sustancias perfluoroalquilos y polifluoroalquilos en los materiales para Mohawk.
Además, los Proveedores apoyarán y cumplirán la PolÃtica Medioambiental de Mohawk, que puede consultarse en Mohawk Environmental Policy.
Minerales en Conflicto
Mohawk se compromete a abastecerse de forma responsable de materias primas para sus procesos de fabricación, incluyendo, cuando proceda, oro, estaño, tungsteno y tantalio ("minerales en conflicto"). En consecuencia, se espera que los Proveedores suministren a Mohawk materiales "libres de conflicto". Para ser considerados "libres de conflicto", dichos minerales en conflicto deben: 1) no financiar ni beneficiar directa o indirectamente conflictos armados en la República Democrática del Congo (RDC) o paÃses colindantes; o 2) obtenerse de fuentes recicladas o chatarra.
Se espera que los Proveedores realicen encuestas a sus proveedores para determinar si el mineral en conflicto en cuestión procede de la RDC o de un paÃs colindante y, si es asÃ, sà el mineral está libre de conflictos. Los Proveedores deben responder puntualmente a cualquier encuesta o solicitud de información de Mohawk relacionada con minerales en conflicto suministrados a Mohawk o a cualquiera de sus fabricantes contratados.
Además, los Proveedores apoyarán y cumplirán la PolÃtica de Minerales en Conflicto de Mohawk, que puede consultarse en Conflict Minerals | Mohawk Industries Inc.
Conducta Ética en Todas Nuestras Operaciones
Soborno y Corrupción
Mohawk prohÃbe estrictamente el soborno, la corrupción, la extorsión y la malversación en cualquiera de sus formas. Los Proveedores no pueden, directa o indirectamente a través de terceras partes, pagar, ofrecer pagar, prometer pagar o autorizar el pago de dinero o cualquier otra cosa de valor a ningún funcionario de gobierno para obtener o retener negocios o asegurar cualquier ventaja indebida, o para influir indebidamente en las acciones de un funcionario de gobierno. Por "funcionario de gobierno" se entiende cualquier funcionario, empleado, agente u otro representante de cualquier gobierno o ejército, incluida cualquier persona o entidad que actúe en calidad oficial para o en nombre de cualquier gobierno o ejército; cualquier candidato actual a un cargo polÃtico o funcionario de cualquier partido polÃtico; cualquier funcionario, empleado, agente u otro representante de cualquier organización pública internacional (por ejemplo, el Banco Mundial o las Naciones Unidas); y cualquier director, funcionario, empleado, agente u otro representante de cualquier entidad en la que un gobierno o ejército posea o ejerza cualquier tipo de propiedad o control.
Lavado de dinero
El lavado de dinero o blanqueamiento de capitales es incorporar dinero mal habido a los negocios para limpiar su origen, esto se ha convertido en una manera de introducir ingresos del crimen organizado en operaciones lÃcitas. Por este motivo Mohawk, toda alta al catálogo de clientes o proveedores, incluidos contratistas y proveedores de servicios, requiere del visto bueno del área de Finanzas o de Abastecimientos, según sea el caso, quienes se deben asegurar de su solvencia tanto económica como moral.
Seguridad de la cadena de suministro
Los proveedores deberán cumplir con los lineamientos de Seguridad LogÃstica de Cadena de Suministros implementada por Grupo Daltile en el ingreso a las instalaciones de la empresa, con el compromiso conjunto de prevenir cualquier tipo de terrorismo, bioterrorismo o el contrabando de: explosivos, armas quÃmicas y narcotráfico, al momento de entregar un bien o servicio dentro o fuera de las instalaciones de la empresa, debiendo comunicar cualquier anomalÃa que sea detectada en los procesos de selección de equipo de transporte para entrega y recolección de bienes y/o al momento de prestar algún servicio dentro de nuestras instalaciones que pudieran atentar contra la integridad de los embarques y/o polÃticas de seguridad de ambas partes; asà como cumplir con los requerimientos adicionales que los estándares de seguridad de certificaciones internacionales como CTPAT (Customs Trade Partnership Against Terrorisim), OEA (Operador Económico Autorizado) y PIP (Partners in Protection) sin limitar, especifiquen en caso de ser considerados como proveedores crÃticos dentro de la cadena de suministro.
Regalos y Entretenimiento
Los empleados de Mohawk no están autorizados a solicitar regalos, viajes o actividades de entretenimiento a los Proveedores, y los Proveedores no pueden proporcionar regalos, viajes o actividades de entretenimiento que hayan sido solicitados por empleados de Mohawk. La entrega a los empleados de Mohawk de dinero en efectivo o equivalentes (como tarjetas regalo) está prohibida en todos los casos. No se podrá entregar ningún regalo, comisión, honorario o pago de ningún tipo a un empleado de Mohawk si dicho regalo pretende influir, podrÃa influir o podrÃa razonablemente parecer que influye en la toma de decisiones del empleado.
Los proveedores no deben hacer ningún tipo de regalos o atenciones a ningún asociado de Dal-Tile. Ningún regalo, por pequeño o institucional que sea, será aceptado por cualquier asociado o empleado de Dal-Tile. EvÃtenos la pena de negarnos a recibirle cualquier tipo de regalo o atención. Si alguien le solicita incluso a grado de insinuación, o le recibe cualquier regalo o atención, por pequeño que fuere, deberá reportarlo a la Dirección de Recursos Humanos, al Comité de Transparencia o a la lÃnea de denuncia anónima 01 800 780 9090. La relación comercial podrá terminar de manera inmediata si cualquier asociado o empleado de Dal-Tile le recibe cualquier regalo o atención, cualquiera que sea el origen y/o intención de su empresa.
Conflicto de Intereses
Los Proveedores deben evitar participar en cualquier actividad empresarial que pueda entrar en conflicto o interferir con el suministro de productos y servicios a Mohawk o que pueda crear la apariencia de un conflicto de intereses.
Otras Leyes y Regulaciones
Los Proveedores cumplirán todas las leyes y regulaciones que correspondan, incluidas las leyes contra la competencia y las prácticas comerciales desleales, asà como las relativas a la fabricación, fijación de precios, venta y distribución de mercancÃas y prestación de servicios. Todas las referencias a leyes y regulaciones que correspondan en este Código de Conducta para Proveedores incluyen códigos, normas, leyes y ordenanzas y regulaciones locales, estatales y nacionales, asà como tratados y sanciones internacionales y normas industriales que correspondan.
Subcontratación
Los Proveedores notificarán a Mohawk de cualquier uso de subcontratistas, y dichos subcontratistas deberán cumplir con este Código de Conducta para Proveedores asà como los cumplimientos legales que cada paÃs tenga para este rubro tales como el REPSE en México. Mohawk apoya los esfuerzos de los Proveedores por adquirir suministros y servicios de empresas certificadas propiedad de minorÃas o mujeres, pequeños negocios o negocios propiedad de personas social o económicamente desfavorecidas o personas con discapacidades.
Supervisión y Cumplimiento
Los Proveedores responderán de manera expedita a cualquier solicitud de información o documentación relacionada con el cumplimiento de este Código de Conducta para Proveedores. Los Proveedores autorizan a Mohawk y a sus agentes designados (incluidas terceras partes) a participar en actividades de auditorÃa o supervisión para confirmar el cumplimiento del Código de Conducta para Proveedores, incluidas inspecciones in situ sin previo aviso de las instalaciones de fabricación, viviendas proporcionadas por el empleador y otras ubicaciones; revisiones de libros y registros relacionados con asuntos laborales; suministro de informes sobre asuntos medioambientales y de sostenibilidad a petición de Mohawk; asà como facilitar entrevistas privadas con los empleados. Los Proveedores mantendrán in situ toda la documentación que pueda ser necesaria para demostrar el cumplimiento de este Código de Conducta para Proveedores.
Publicación
Los Proveedores tomarán las medidas adecuadas para garantizar que las disposiciones de este Código de Conducta para Proveedores se comuniquen y se pongan a disposición de sus empleados, incluida la colocación en un lugar visible de una copia de este Código de Conducta para Proveedores en el idioma o idiomas locales y en un lugar de fácil acceso para los empleados en todo momento en cada una de sus instalaciones en las que se fabriquen, distribuyan, empaqueten o manipulen de otro modo bienes destinados a Mohawk.
Los Proveedores también se asegurarán de que las terceras partes que suministren productos, bienes, artÃculos o servicios reciban una copia de este Código de Conducta para Proveedores y comprendan su requisito de cumplimiento como subcontratistas.
El trato que infrinja con el código de conducta de los asociados o con el código de conducta para los proveedores, puede y debe denunciarse a las siguientes personas:
Ing. Juan Manuel Liñán Tel: 81-24-80-01 |
Director de Recursos Humanos, juan.manuel.linan@daltile.com.mx |
Ing. Ing. Eduardo Rodriguez Tel: 81-24-81-57 |
Director de ingenierÃa, logistica, TI y Suministros Eduardo.rodriguez@daltile.com.mx |
Mark Duggan Tel: 81-24-80-42 |
Director de Finanzas mark.duggan@daltile.com.mx |
Teléfono gratuito con distorsión de voz : 01 800 780 9090
correo electrónico transparenciadaltile@gmail.com
Tenga en cuenta que esta LÃnea de transparencia debe usarse exclusivamente para inquietudes éticas y de cumplimiento relacionadas con la aceptación o solicitud de sobornos, retribuciones u obsequios inadecuados, divulgación de información confidencial, conflictos de interés o violaciones de responsabilidad social y medio ambiente. Todo asunto es relevante, sin embargo, si usted tiene problemas con pagos pendientes de facturas, preguntas sobre la interpretación de su contrato o preguntas sobre el proceso de licitación o comparativa que no se relacionen con la conducta no ética de un empleado, estos asuntos serán resueltos con más agilidad mediante los canales que hoy utiliza.